- Aytobejar - a. Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación los trámites establecidos en esta ley.
b. B. Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legitimo.
c. Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto”.
Hernández explicó que la alegación presentada en la Subdelegación del Gobierno, por IU no se ajusta a ninguno de los puntos anteriormente citados. Por lo que no se tendrá en cuenta.
A continuación, se procedió a la votación para la aprobación definitiva de los presupuestos con el siguiente resultado: 11 votos a favor del grupo municipal popular y 5 votos en contra de los grupos municipales de Izquierda Unida y Partido Socialista.

