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Jueves, 16 Febrero 2012 15:22

La Junta de Castilla y León reconocerá como autoridad pública al profesorado

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ProfesoresEl Consejo de Gobierno ha conocido el informe previo sobre el anteproyecto de Ley de autoridad del profesorado en Castilla y León, que reconocerá como autoridades públicas a los docentes de la Comunidad y les otorgará protección jurídica. La Consejería de Educación trabaja en la elaboración de esta norma que contribuirá a garantizar la convivencia adecuada en los centros educativos.

La nueva normativa reconocerá la autoridad del profesorado en el plano jurídico, dignificando su labor y mejorando con ello la convivencia en los centros.

- Bejarinformacion - Esta Ley adquirirá verdadero sentido cuando, como ocurre en el caso de Castilla y León, se acompaña de actuaciones-como las incluidas Plan de Convivencia Escolar- dirigidas a proporcionar al profesorado estrategias y recursos que faciliten su tarea, garanticen el respeto de derechos y cumplimiento de deberes, mejoren de la convivencia en los centros e incrementen los niveles de calidad y eficacia de todo el proceso educativo.

Aunque en Castilla y León las agresiones al profesorado tienen escasa relevancia, una consecuencia directa del reconocimiento como autoridad pública del profesorado en el ámbito penal, sería que las agresiones o intimidaciones graves al profesorado deben ser calificadas como delitos de atentado a la autoridad (art. 550 del Código Penal), lo que agravará significativamente las condenas por dichos actos.

Un efecto clave de este reconocimiento es que el profesorado dispondrá de presunción de veracidad en sus informes y declaraciones frente a la de cualquier ciudadano, en caso de versiones contradictorias en un litigio por agresión. Además, los delitos cometidos contra los docentes, una vez reconocida la condición de autoridad pública, podrán ser perseguidos de oficio por la Fiscalía, lo que eximiría al profesor agredido de ser el agente principal de la denuncia. En todo caso, el profesor gozará del derecho a la representación y defensa en juicio.

La consideración del docente como autoridad pública significa reconocer explícitamente la cobertura de responsabilidad civil en relación con los hechos que se deriven del ejercicio profesional y de las funciones que realicen dentro o fuera del recin­to escolar.

En el proceso de elaboración del Anteproyecto de Ley, la Administración educativa regional desea alcanzar el mayor consenso posible y, para ello, contará con la participación de los agentes educativos -sindicatos docentes, asociaciones de padres y madres, estudiantes, patronales de enseñanza-, el Consejo Escolar de la Comunidad, así como los grupos parlamentarios para su posterior tramitación en las Cortes de Castilla y León.

En el modelo educativo de Castilla y León, el impulso de la autoridad del profesorado se configura como uno de los aspectos clave para conseguir un adecuado clima de convivencia en los centros educativos, tal y como indicó el presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, en su comparecencia de investidura, al inicio de legislatura. Este objetivo también se recoge en el Plan de Convivencia Escolar y en sus principales actuaciones, iniciadas en noviembre de 2004, con la finalidad de garantizar el respeto de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de todos los protagonistas de la educación. En este sentido, la autoridad del profesorado constituye un eje estructural.

Regulación normativa en España

La regulación normativa sobre autoridad del profesorado ya existe en comunidades autónomas como Madrid, La Rioja, Galicia y Comunidad Valenciana. Todas las normas publicadas en estas Comunidades tienen rango de ley -incluidas las que se elaboran en estos momentos en Castilla-La Mancha y Aragón- y todas tienen en común, además del reconocimiento del profesorado como autoridad pública, una estructura de desarrollo que las configura con más similitudes que diferencias.

El Anteproyecto de Ley de autoridad del profesorado que Castilla y León elaborará se va a caracterizar por su sencillez, ya que pretende reconocer lo esencial del tema -el profesorado, como figura de autoridad y sus consecuencias- dejando otros aspectos relacionados con derechos y deberes del alumnado, régimen y procedimiento disciplinario u otros del ámbito de la convivencia para posteriores regulaciones normativas.

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